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Article 18

Las Empresas Que Con Posterioridad Al Presente Decreto, Soliciten El Permiso Para La Derivación De Agua, Ocupación De Bienes De Uso Público, Se Les Podrá Negar Tal Permiso, Si En Los Planos Técnicos De La Planta Y Red De Distribución No Se Hubieren Previsto Las Posibilidades De Los Ensanches Que Sean Necesarios Para El Desarrollo Futuro De La Empresa

Decreto 1606 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 109 de 1936

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01

Text of the article

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Las empresas que con posterioridad al presente Decreto, soliciten el permiso para la derivación de agua, ocupación de bienes de uso público, se les podrá negar tal permiso, si en los planos técnicos de la planta y red de distribución no se hubieren previsto las posibilidades de los ensanches que sean necesarios para el desarrollo futuro de la empresa.

02

Constitutional history

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