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Article 36

No Podrán Ser Elegidos Miembros De La Junta De Contribuyentes: A) Los Empleados Oficiales

Decreto 3546 de 1980 · Por medio del cual se aprueba el acuerdo número 055 de 1980 expedido por la Junta Directiva de la CAR

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01

Text of the article

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No podrán ser elegidos miembros de la Junta de Contribuyentes

a)

Los empleados oficiales.

b)

Quienes hayan participado como socios empleados de una firma consultora en los estudios previos a la asignación del gravamen.

c)

Quiénes a nombre propio o ajeno o por intermedio de apoderado inicien o adelanten proceso jurisdiccional contra la corporación.

d)

Quienes se encuentren en demora de pago por cualquier concepto con la Corporación.

Parágrafo

dejara de ser miembro de la Junta de que trata este artículo el elegido que pierda la calidad de contribuyente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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