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Article 2

º

Decreto 4669 de 2005 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 962 de 2005.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Procedimiento para establecer y modificar los trámites. De conformidad con lo establecido por el numeral 2 del artículo 1 º de la Ley 962 de 2005, las entidades públicas autorizadas legalmente para establecer un trámite, previa su adopción, deberán presentar la solicitud a consideración del Departamento Administrativo de la Función Pública, adjuntando la Manifestación del Impacto Regulatorio, que consiste en

a)

Describir el trámite y justificar su creación desde el punto de vista legal;

b)

Efectuar una propuesta de diseño del proceso del trámite;

c)

Señalar los beneficios para la entidad y para los usuarios;

d)

Precisar la carencia de medidas alternativas de menor costo y mayor eficiencia y el impacto presupuestal en la entidad;

e)

Acreditar los costos de su implementación para los obligados a cumplirlo y los recursos presupuestales y administrativos necesarios para su aplicación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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