Es función del Comité Técnico Asesor del Director General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, colaborar en el estudio sistemático y permanente de los problemas de la familia y del menor en sus distintos aspectos, en la planeación de las actividades del Instituto, en la elaboración de programas a corto y a largo plazo, en su orientación técnica, y en la solución de los concretos asuntos que se someten a sus análisis. Para tales fines el Comité Asesor actuará sobre la base de sus miembros permanentes, quienes a solicitud de la Dirección consultarán con los demás integrantes, como convenga a la naturaleza del tema objeto de su asesoría.
Article 19
Es Función Del Comité Técnico Asesor Del Director General Del Instituto Colombiano De Bienestar Familiar, Colaborar En El Estudio Sistemático Y Permanente De Los Problemas De La Familia Y Del Menor En Sus Distintos Aspectos, En La Planeación De Las Actividades Del Instituto, En La Elaboración De Programas A Corto Y A Largo Plazo, En Su Orientación Técnica, Y En La Solución De Los Concretos Asuntos Que Se Someten A Sus Análisis
Decreto 398 de 1969 · por el cual se reglamenta la Ley 75 de 1968
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