º Están comprendidos dentro de la definición del artículo anterior los templos y capillas de culto público y las casas episcopales y curales, pertenecientes unos y otras a la religión católica, respecto a sus trabajadores no comprendidos por el Derecho Canónico; las instituciones de utilidad común a que se refiere la Ley 93 de 1938; las asociaciones o entidades de carácter científico, filantrópico, artístico, cultural y de fomento cívico y los sindicatos de trabajadores.
Article 2
Están Comprendidos Dentro De La Definición Del Artículo Anterior Los Templos Y Capillas De Culto Público Y Las Casas Episcopales Y Curales, Pertenecientes Unos Y Otras A La Religión Católica, Respecto A Sus Trabajadores No Comprendidos Por El Derecho Canónico; Las Instituciones De Utilidad Común A Que Se Refiere La Ley 93 De 1938; Las Asociaciones O Entidades De Carácter Científico, Filantrópico, Artístico, Cultural Y De Fomento Cívico Y Los Sindicatos De Trabajadores
Decreto 53 de 1952 · Por el cual se reglamenta el artículo 338 del Código Sustantivo del Trabajo
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