Transferencias de fondos La parte contratante cuya legislación imponga restricciones a la transferencia de fondos al extranjero concederá la máxima prioridad a la transferencia de fondos destinados al pago de alimentos o a cubrir los gastos a que den lugar los procedimientos previstos en esta convención.
Article 10
Transferencias De Fondos La Parte Contratante Cuya Legislación Imponga Restricciones A La Transferencia De Fondos Al Extranjero Concederá La Máxima Prioridad A La Transferencia De Fondos Destinados Al Pago De Alimentos O A Cubrir Los Gastos A Que Den Lugar Los Procedimientos Previstos En Esta Convención
Decreto 212 de 2000 · Por el cual se promulga la "Convención sobre la obtención de alimentos en el Extranjero", adoptada en Nueva York, el veinte (20) de junio de mil novecientos cincuenta y seis (1956)
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