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Article 3

Decreto 1147 de 2001 · por el cual se expide el Reglamento del Consejo Nacional de Profesiones Internacionales y afines.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Presidencia. La Presidencia del Consejo Nacional de Profesiones Internacionales y afines, será ejercida por el Ministro de Relaciones Exteriores o su representante y en su ausencia será asumida por el Ministerio de Comercio Exterior o su representante. Son funciones del Presidente

a)

Ejercer la Representación legal del Consejo;

b)

Presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo;

c)

Firmar todos los Acuerdos del Consejo;

d)

Firmar las certificaciones relacionadas con la inscripción profesional.

e)

Autorizar la ejecución del gasto del Consejo previa certificación que sobre la disponibilidad presupuestal emita el Secretario Ejecutivo;

f)

Dar posesión a los Consejeros a que se refieren los literales d) y e) del presente decreto;

g)

Las demás que le compete realizar en desarrollo de sus funciones.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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