La parte de las cuotas pagadas por el deudor y que corresponda al Gobierno, será abonada por el Banco Agrícola Hipotecario en una cuenta especial que este establecimiento abrirá al Gobierno Nacional. Esos fondos los depositara al Banco Agrícola Hipotecario en la Tesorería Nacional de la
República en los últimos días de junio y diciembre de cada año, como producto de venta de tierras efectuadas por el Ministerio de Industrias.