° La cancelación de personería jurídica se impondrá, previo concepto de la Junta Directiva del ICFES, mediante resolución motivada del Ministro de Educación Nal, a la institución de educación superior que se hubiere apartado ostensiblemente de los fines que motivaron su creación o incumplido reiteradamente las disposiciones legales o estatutarias que la rigen. Esta sanción procederá únicamente cuando la institución haya sido sancionada con suspensión de la personería jurídica.
Article 6
La Cancelación De Personería Jurídica Se Impondrá, Previo Concepto De La Junta Directiva Del Icfes, Mediante Resolución Motivada Del Ministro De Educación Nal, A La Institución De Educación Superior Que Se Hubiere Apartado Ostensiblemente De Los Fines Que Motivaron Su Creación O Incumplido Reiteradamente Las Disposiciones Legales O Estatutarias Que La Rigen
Decreto 2724 de 1980 · Por el cual se reglamenta el Titulo VI del Decreto extraordinario 80 de 1980, sobre inspección y vigilancia de las instituciones de educación superior, oficiales y no oficiales
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