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Article 15

Decreto 2166 de 1992 · por el cual se reestructura el Instituto Nacional de Salud.

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Text of the article

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ARTICULO 15 . Funciones de las Subdirecciones. – Las Subdirecciones cumplirán las siguientes funciones

1.

Dirigir, supervisar y evaluar la ejecución de los programas, y el funcionamiento del área de su competencia;

2.

Presentar al Comité de Dirección los informes regulares y especiales que éste solicite;

3.

Presentar anualmente el plan de acción de la Subdirección al Comité de Dirección;

4.

Presentar al Comité de Dirección propuestas de organización interna de acuerdo con los planes aprobados para el área de su competencia;

5.

Apoyar y promover en su área, las políticas de la Dirección conducentes a la consecución de recursos especiales y al establecimiento de relaciones e intercambios con otras instituciones nacionales e internacionales;

6.

Dirigir los Comités Técnicos de Subdirección y recomendar su composición;

7.

Representar en Consejos y Entidades Nacionales los intereses del Instituto en su área;

8.

Las demás que el Director General y la Junta Directiva le asignen.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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