° Los Administradores de Hacienda Nacional de Circuito, que á juicio de los Gobernadores respectivos no necesitan establecer la agencia de que trata el artículo anterior, desinarán de entre los empleados el que deba desempeñar las funciones de expendedor de papel sellado y estampillas de timbre nacional.
Article 2
° Los Administradores De Hacienda Nacional De Circuito, Que Á Juicio De Los Gobernadores Respectivos No Necesitan Establecer La Agencia De Que Trata El Artículo Anterior, Desinarán De Entre Los Empleados El Que Deba Desempeñar Las Funciones De Expendedor De Papel Sellado Y Estampillas De Timbre Nacional
Decreto 326 de 1909 · Por el cual se autoriza la creación de agencias particulares de expendio de papel sellado y estampillas de timbre nacional en las Administraciones de circuito de Hacienda Nacional que necesiten ese servicio
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.