JurídicoESEN

Article 1

Sesenta (60) Días Después De La Vigencia Del Presente Decreto, Solo Se Podrá Importar Al País Cigarros, Cigarrillo, Picadura Y Tabacos Preparados Para Mascar O Sorber Mediante El Lleno De Los Siguientes Requisitos

Decreto 1099 de 1954 · por el cual se dictan normas sobre importación de cigarrillos extranjeros.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. Sesenta (60) días después de la vigencia del presente Decreto, solo se podrá importar al país cigarros, cigarrillo, picadura y tabacos preparados para mascar o sorber mediante el lleno de los siguientes requisitos. a) cada cajetilla o paquete en que se dan a la venta al detal los cigarros, cigarrillos, picaduras y tabacos preparados para mascar o sorber, deberá tener litografiado el nombre Colombia en tipo legible, b) cada cajetilla o paquete deberá también tener litografiado en letras visibles el nombre de su importador y su residencia; c) cada cigarrillo deberá tener impreso en letra legible el nombre Colombia, lo mismo el anillo de cada cigarro. Las leyendas y palabras a que se refiere le presente Artículo deberán se r litografiadas por la fabrica, y no podrán venir en fajas separadas o cualquiera otro medio que implique impresión después de su elaboración. En el registro de importación deberá dejarse constancia de los requisitos que exigen en el presente artículo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1099 de 1954