El Circulo tendrá un Director y un Subdirector de la sede principal que será del grado de Sargento Mayor del Ejército, Sargento Mayor de Infantería de Marina o Jefe técnico de la Armada, Sargento Mayor de Infantería de Aviación o Técnico Jefe de La Fuerza Aérea; y un Administrador y un Subadministrador por cada sucursal que serán del grado de Sargento Mayor del Ejército, Sargento Mayor De Infantería de Marina o Jefe Técnico de la Armada, Sargento Mayor de Infantería de Aviación o Técnico Jefe de la Fuerza Aérea y Sargento Primero del Ejército, Sargento Primero de Infantería de Marina o Suboficial Jefe de la Armada, sargento Primero de Infantería de Aviación o Técnico Subjefe de la Fuerza Aérea, respectibamente, en servicio activo.
Article 25
El Circulo Tendrá Un Director Y Un Subdirector De La Sede Principal Que Será Del Grado De Sargento Mayor Del Ejército, Sargento Mayor De Infantería De Marina O Jefe Técnico De La Armada, Sargento Mayor De Infantería De Aviación O Técnico Jefe De La Fuerza Aérea; Y Un Administrador Y Un Subadministrador Por Cada Sucursal Que Serán Del Grado De Sargento Mayor Del Ejército, Sargento Mayor De Infantería De Marina O Jefe Técnico De La Armada, Sargento Mayor De Infantería De Aviación O Técnico Jefe De La Fuerza Aérea Y Sargento Primero Del Ejército, Sargento Primero De Infantería De Marina O Suboficial Jefe De La Armada, Sargento Primero De Infantería De Aviación O Técnico Subjefe De La Fuerza Aérea, Respectibamente, En Servicio Activo
Decreto 1083 de 1987 · por el cual se aprueba un Acuerdo de la Junta Directiva del Club Suboficiales de las Fuerzas Militares.
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