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Article 34

Contratos De Empréstito Con Organismos Multilaterales

Decreto 2681 de 1993 · por el cual se reglamentan parcialmente las operaciones de crédito público, las de manejo de la deuda pública, sus asimiladas y conexas y la contratación directa de las mismas.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Contratos de empréstito con organismos multilaterales. En los contratos de empréstito o cualquier otra forma de financiación que se contrate con organismos multilaterales se podrán incluir las previsiones y particularidades contempladas en los reglamentos de tales entidades que no sean contrarias a la Constitución Política o a la ley. Constituyen previsiones o particularidades en los contratos de empréstito para la financiación de proyectos, entre otras, la auditoria de tales proyectos, la presentación de reportes o informes de ejecución, la apertura de cuentas para el manejo de los recursos del crédito y en general, las propias de la debida ejecución de dichos proyectos. También constituyen previsiones o particularidades en los contratos de empréstito o cualquier otra forma de financiación que se contrate con organismos multilaterales, las referentes a la selección, adquisición y contratación de bienes o servicios para la ejecución del respectivo proyecto.

Parágrafo

La programación del crédito multilateral corresponde al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Departamento Nacional de Planeación. En consecuencia, sólo podrán celebrarse los empréstitos que se encuentren incluidos en el programa de crédito con los organismos multilaterales. Las gestiones propias de la celebración de tales empréstitos deberán ser coordinadas con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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