Para el cumplimiento de la función de percibir y distribuir los recursos y aportes que se incluyan en el presupuesto nacional con destino a entidades oficiales o particulares, que se ocupen de programas de protección al menor y la familia, e inspeccionar la inversión de aquellos, el ICBF realizará y mantendrá el inventario de las instituciones que con tales propósitos funcionan en el país, anotando su naturaleza y sus recursos, sus finalidades específicas, su potencialidad y ubicación. Le corresponde al ICBF señalar las pautas técnicas a las cuales se han de someter los programas y actividades de tales entidades, para que puedan legalmente disfrutar de dichos recursos o aportes. IV. DE LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL INSTITUTO
Article 37
Para El Cumplimiento De La Función De Percibir Y Distribuir Los Recursos Y Aportes Que Se Incluyan En El Presupuesto Nacional Con Destino A Entidades Oficiales O Particulares, Que Se Ocupen De Programas De Protección Al Menor Y La Familia, E Inspeccionar La Inversión De Aquellos, El Icbf Realizará Y Mantendrá El Inventario De Las Instituciones Que Con Tales Propósitos Funcionan En El País, Anotando Su Naturaleza Y Sus Recursos, Sus Finalidades Específicas, Su Potencialidad Y Ubicación
Decreto 2388 de 1979 · Por el cual se reglamentan las leyes 75 de 1968, 27 de 1974 y 7ª de 1979
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.