El adolescente sorprendido en flagrancia será conducido de inmediato ante el Fiscal Delegado para la autoridad judicial, quien dentro de las 36 horas siguientes lo presentará al Juez de Control de Garantías y le expondrá cómo se produjo la aprehensión. Por solicitud del fiscal, la cual contendrá la acusación, el juez de control de garantías enviará la actuación al juez de conocimiento para que este cite a audiencia de juicio oral dentro de los 10 días hábiles siguientes. En lo demás se seguirá el procedimiento penal vigente, con las reglas especiales del proceso para adolescentes establecidas en el presente libro.
Ley 1098 de 2006 →In force
Article 191
Detención En Flagrancia
Ley 1098 de 2006 · LEY 1098 DE 2006, 08/05/2006, Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia.
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01
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02
Constitutional history
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- 2008C-740/08Constitutional reviewDECLINED TO RULE
- 2009C-684/09Constitutional review · «"por Solicitud Del Fiscal, La Cual Contendrá La Acusación, El Juez De Control De Garantías Enviará La Actuación Al Juez De Conocimiento Para Que Este Cite A Audiencia De Juicio Oral Dentro De Los 10 Días Hábiles Siguientes"»STRUCK DOWN· phrase
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