º El Administrador Delegado fijará, también por medio de resoluciones que someterá a la sanción del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los precios de venta de los licores, sin que en ningún caso sean menores de dos pesos el galón de dos y medio litros, siendo entendido que si no se llega a un acuerdo entre el Administrador contratista y el Gobierno para la fijación de esos precios, éstos serán fijados directamente por el Gobierno.
Article 4
El Administrador Delegado Fijará, También Por Medio De Resoluciones Que Someterá A La Sanción Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Los Precios De Venta De Los Licores, Sin Que En Ningún Caso Sean Menores De Dos Pesos El Galón De Dos Y Medio Litros, Siendo Entendido Que Si No Se Llega A Un Acuerdo Entre El Administrador Contratista Y El Gobierno Para La Fijación De Esos Precios, Éstos Serán Fijados Directamente Por El Gobierno
Decreto 1230 de 1931 · Por el cual se reglamenta la Administración Delegada de la Renta de Licores de La Goajira
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