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Article 9

Los Visitadores Fiscales Tendrán Un Sobresueldo De 50 Por 100, En El Tiempo En Que Practiquen Visitas Fuera Del Distrito Capital Del Distrito De Su Jurisdicción

Decreto 93 de 1915 · Sobre inspección y fiscalización de las Oficinas de Hacienda y otras de manejo, de los establecimientos o empresas subvencionados o auxiliados por el Erario, y de aquellos en que tiene intereses la Nación

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01

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°. Los Visitadores Fiscales tendrán un sobresueldo de 50 por 100, en el tiempo en que practiquen visitas fuera del Distrito capital del Distrito de su jurisdicción. Cuando el Visitador tiene señalado el territorio de más de un Departamento para el ejercicio de sus funciones, se considera, para los efectos de la disposición anterior, como Distrito capital de la jurisdicción del Visitador, el del primero de los Departamentos, por orden alfabético. Para el cobro del sobresueldo es menester la atestación de la primera autoridad política de los lugares en que se practique la visita. Cualquier cobro irregular de sobresueldo es causa de pérdida del empleo, fuera de la responsabilidad penal en que se incurra por tal causa.

02

Constitutional history

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