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Article 2

º

Decreto 980 de 1995 · por el cual se crea la Comisión Nacional para la Seguridad de la Actividad del Transporte.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º . La Comisión Nacional para la Seguridad de la Actividad del Transporte se integrará, así: - Un delegado del Presidente de la República, quien la presidirá. - Un delegado del Ministerio de Transporte. - Un delegado del Ministerio de Comunicaciones. - Un delegado de la Dirección General Marítima. - Un delegado de la Fuerza Aérea Colombiana. - Un delegado de la Policía Nacional. - Un delegado de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil.

Parágrafo

Teniendo en cuenta el tema a tratar en la Comisión se invitará a participar a la respectiva Asociación de Empresarios Transportadores y a la Asociación de Usuarios del Transporte correspondiente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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