°. Prorróganse hasta el 31 de agosto del presente año los términos señalados en los artículos 31 y 32 del Decreto número 1113 de 1942, para hacer las solicitudes de arreglo de deudas bananeras y de reintegro de cuotas pagadas por concepto de tratamiento contra la sigatoka.
Article 1
Prorróganse Hasta El 31 De Agosto Del Presente Año Los Términos Señalados En Los Artículos 31 Y 32 Del Decreto Número 1113 De 1942, Para Hacer Las Solicitudes De Arreglo De Deudas Bananeras Y De Reintegro De Cuotas Pagadas Por Concepto De Tratamiento Contra La Sigatoka
Decreto 1744 de 1942 · Por el cual se amplía un plazo y se confieren facultades a la Cooperativa de Fomento Agrícola del Magdalena, a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, y a la Federación Nacional de Cafeteros
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