º . Si se aceptare la oferta de compra por el propietario, se celebrará la promesa o el contrato de compraventa, según el caso. Tanto a la promesa como a la escritura de compraventa, se deberá acompañar por el propietario un certificado de libertad o folio de matrícula inmobiliaria actualizado. En el evento en que se celebre promesa de compraventa, en la misma se indicará el plazo dentro del cual se otorgará la escritura de compraventa, el cual no podrá exceder de treinta (30) días contados desde la fecha de la promesa. Otorgada la escritura pública de compraventa, se procederá a levantar el registro a que se refiere el artículo 5º y a inscribir el título en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente.
Decreto 3850 de 1985 →In force
Article 6
º
Decreto 3850 de 1985 · Por el cual se dictan normas sobre la adquisición y expropiación de inmuebles en las áreas afectadas por la actividad volcánica del Nevado del Ruiz
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.