° En ningún caso la remuneración total de los empleados públicos de la Corporación Autónoma Regional del Cauca -CVC-, podrá ser superior a la suma que por concepto de asignación básica y gastos de representación, devenguen los Ministros del Despacho o las Jefes de Departamento Administrativo.
Article 6
° En Ningún Caso La Remuneración Total De Los Empleados Públicos De La Corporación Autónoma Regional Del Cauca -Cvc-, Podrá Ser Superior A La Suma Que Por Concepto De Asignación Básica Y Gastos De Representación, Devenguen Los Ministros Del Despacho O Las Jefes De Departamento Administrativo
Decreto 179 de 1984 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de la Corporación Autónoma Regional del Cauca CVC y se dictan otras disposiciones
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