En el caso de que se desarrollen nuevos aeropuertos ubicados dentro del ámbito geográfico de la Región Metropolitana, la contraprestación aeroportuaria del 20% del que trata el artículo 151 de la Ley 2010 de 2019 , o la norma que lo modifique, adicione o sustituya, se distribuirá entre la Región Metropolitana, que percibirá el 30% de los recursos, y los municipios donde se instale la concesión aeroportuaria, quienes recibirán el 70% restante. Estos recursos se priorizarán a la construcción y/o mejoramiento de los accesos al aeropuerto correspondiente, cuyo objetivo es garantizar la adecuada operación de la infraestructura aeroportuaria y mejorar el acceso a la misma.
Ley 2199 de 2022 →In force
Article 37
Participación En La Contraprestación Aeroportuaria
Ley 2199 de 2022 · Por medio de la cual se desarrolla el artículo 325 de la Constitución Política y se expide el régimen especial de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.