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Article 3

Ley 98 de 1922 · Sobre área de población de la ciudad de Buenaventura

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La Nación se reserva dentro de la isla el terreno necesario para la vía férrea y sus dependencias, así como para las oficinas públicas nacionales, establecimientos de educación, hospital, templo, cuarteles y para la defensa militar. Se reserva asimismo los terrenos que fueren necesarios para las obras públicas que hayan de ejecutarse en la isla y en la bahía, y los terrenos que se liberten de los actualmente ocupados por las aguas.

El Gobierno fijará por medio de ingenieros y de Oficiales del Estado Mayor General del Ejercito las porciones de terreno que pueda entregar al Municipio de Buenaventura por virtud de las disposiciones de esta Ley; mientras esta entrega no se verifique no quedara perfeccionada la cesión.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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