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Article 3

Ley 18 de 1982 · por la cual se autorizan reconocimientos.Declarado

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La comprobación de la veracidad en la ejecución y la cuantía de las obligaciones por reconocer, la efectuará una comisión integrada por las siguientes personas:

El Ministro de Obras Públicas y Transporte o su delegado. El Contralor General de la República o su delegado. El Procurador General de la Nación o su delegado. Un delegado de la Sociedad Colombiana de Ingenieros o de la Sociedad Colombiana de Arquitectos, en su caso, nombrado por el Presidente de la República de terna que le remitan dichas asociaciones.

Parágrafo

La Comisión gozará de un término de seis (6) meses contados a partir de la vigencia de esta Ley para cumplir su cometido y suscribir el acta respectiva.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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