ARTICULO 25. De los Empleados Públicos con Nombramiento Provisional - Los empleados públicos que hayan sido nombrados provisionalmente para desempeñar cargos de carrera administrativa, que en la planta de personal de la entidad tengan una categoría igual o inferior a la de Jefe de Sección o su equivalente, a quienes se les suprima el cargo como consecuencia de la reestructuración de la entidad en desarrollo del Artículo Transitorio 20 de la Constitución Política, tendrán derecho al pago de una bonificación equivalente a 30 días de salario por cada año de servicios continuos y proporcionalmente por fracción. DISPOSICIONES COMUNES AL REGIMEN DE INDEMNIZACIONES Y BONIFICACIONES
Article 25
De Los Empleados Públicos Con Nombramiento Provisional - Los Empleados Públicos Que Hayan Sido Nombrados Provisionalmente Para Desempeñar Cargos De Carrera Administrativa, Que En La Planta De Personal De La Entidad Tengan Una Categoría Igual O Inferior A La De Jefe De Sección O Su Equivalente, A Quienes Se Les Suprima El Cargo Como Consecuencia De La Reestructuración De La Entidad En Desarrollo Del Artículo Transitorio 20 De La Constitución Política, Tendrán Derecho Al Pago De Una Bonificación Equivalente A 30 Días De Salario Por Cada Año De Servicios Continuos Y Proporcionalmente Por Fracción
Decreto 2121 de 1992 · por el cual se reestructura la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica -CORELCA-.
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