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Article 2.2.2.47.4

Confiabilidad De La Firma Electrónica

Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Confiabilidad de la firma electrónica. La firma electrónica se considerará confiable para el propósito por el cual el mensaje de datos fue generado o comunicado si:

1.

Los datos de creación de la firma, en el contexto en que son utilizados, corresponden exclusivamente al firmante.

2.

Es posible detectar cualquier alteración no autorizada del mensaje de datos, hecha después del momento de la firma.

Parágrafo

Lo dispuesto anteriormente se entenderá sin perjuicio de la posibilidad de que cualquier persona:

1.

Demuestre de otra manera que la firma electrónica es confiable, o

2.

Aduzca pruebas de que una firma electrónica no es confiable.

(Decreto 2364 de 2012, artículo 4°)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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