JurídicoESEN

Article 6

Hácense Los Siguientes Nombramientos: Adolfo León Avila, Ayudante De La Administración Principal De Correos De Cali (Sección 2ª

Decreto 128 de 1936 · Por el cual se dictan algunas providencias en los ramos de Correos, Telégrafos e Inalámbricos

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. Hácense los siguientes nombramientos: Adolfo León Avila, Ayudante de la Administración Principal de Correos de Cali (sección 2ª.), en reemplazo de Jorge E. Luque A., cuyo nombramiento se declara insubsistente. Pedro Agustín Segura y Aníbal Montealegre, Ayudantes de la Sección de Recibo, Distribución y Rezagos de Correos de Bogotá, en reemplazo de Leopoldo Becerra, quien renunció y de Ana Acebedo Becerra, quien no volvió a encargarse. Ana Mercedes Sarmiento, Ayudante de la Administración de Correos de San Gil, en reemplazo de Raquel Jaimes, quien no acepto. Sofía Trujillo Casas, Ayudante de la Administración de Correos de Ibagué, en reemplazo de María Luisa Barrios, quien pasó a otro puesto. Luis Martínez, Administrador de Correos de Barrancabermeja, en reemplazo de Joselín Gómez, quien no acepto. Miguel Salamanca Aguilera, Mensajero de Correos de Bogotá a Caucayá, en reemplazo de Vicente Toscazo Parra, quien falleció.

Parágrafo

El gasto que demande el cumplimiento de los artículos 1º, 3º y 4º del presente Decreto, se imputará al capítulo 53, artículo 326, del presupuesto vigente. Comuníquese y publíquese.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 128 de 1936