Seguimiento al proceso de libre plática. La Dirección General Marítima (Dimar) en coordinación con el Ministerio de Salud y Protección Social, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia, deberán realizar seguimiento periódico que garantice la eficiencia y optimización de la libre plática. El seguimiento local, estará a cargo de la Dimar a través de sus Capitanías de Puerto, quienes garantizarán que las medidas que se adopten en el procedimiento de libre plática se cumplan por parte de las autoridades y usuarios, en caso contrario, se deberá informar a las autoridades de libre plática de nivel central, para las acciones de su competencia.
Decreto 1070 de 2015 →In force
Article 2.4.7.5
Seguimiento Al Proceso De Libre Plática
Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.