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Article 8

º Novedades De Personal

Decreto 19 de 1988 · Por el cual se limita y racionaliza el gasto público por servicios personales y subrogan los Decretos 3049 y 3455 de 1986 y 108 de 1987

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º NOVEDADES DE PERSONAL. Cuando se trate de la tramitación de nombramientos, promociones y novedades de personal diferentes a los que se refiere el inciso 1º del artículo 6º del presente Decreto, así como los contratos y sus modificaciones será necesario que los Jefes de Personal y de las Divisiones Delegadas de Presupuesto, o quienes hagan sus veces, certifiquen conjuntamente que con estos actos no se excede el valor límite por concepto de servicios personales. Los funcionarios que deban posesionar a las personas nombradas o autorizar la iniciación de labores de quienes hayan sido contratados, se abstendrán de hacerlo, mientras no se adjunte la certificación de que trata el inciso anterior.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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