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Article 590

Del Código De Justicia Penal Militar Y Fallándose Por Las Autoridades Que De Ellos Actualmente Conocen

Decreto 2828 de 1961 · Por el cual se fija el procedimiento de los consejos de guerra verbales para el juzgamiento de los delitos de competencia de la justicia penal militar, en todo el territorio nacional

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Artículo primero. Mientras subsista el estado de sitio, todos los del tos de competencia de la justicia penal militar seguirán tramitándose y fallándose en todo el territorio nacional, por el procedimiento de los Consejos de Guerra Verbales, a excepción de los delitos de "abandono del puesto", "descripción" y "abandono del servicio", que continuarán tramitándose por el procedimiento establecido en el artículo 590 del Código de Justicia Penal Militar y fallándose por las autoridades que de ellos actualmente conocen.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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