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Article 1

La Persona Que Realice, Con Artículos O Mercancías, Maniobras De Acaparamiento O Almacenamiento, O Cualesquiera Otras Que Se Traduzcan En Especulación, Encaminadas A Producir Escasez En El Mercado Y Conseguir Alzas De Precio En Forma Artificial, Será Puesta A Órdenes Del S

Decreto 75 de 1957 · Por el cual se adicionan y complementan las disposiciones vigentes tendientes a reprimir el alza indebida y especulación en los precios

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. La persona que realice, con artículos o mercancías, maniobras de acaparamiento o almacenamiento, o cualesquiera otras que se traduzcan en especulación, encaminadas a producir escasez en el mercado y conseguir alzas de precio en forma artificial, será puesta a órdenes del S. I. C. o de las autoridades de Policía, para adelantar las investigaciones conducentes. El S. I. C. y las autoridades de Policía procederán a sellar los depósitos o almacenes de los presuntos especuladores.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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