°. Modifícase el artículo 27 del Decreto 622 de 2000, el cual quedará así: "Artículo 27: La jurisdicción de la Cámara de Comercio de La Dorada, Puerto Boyacá, Puerto Salgar y Oriente de Caldas comprende los municipios de La Dorada, Manzanares, Marquetalia, Pensilvania, Samaná, Norcasia, Victoria en el departamento de Caldas, Puerto Boyacá en el departamento de Boyacá y Puerto Salgar en el departamento de Cundinamarca".
Article 2
Modifícase El Artículo 27 Del Decreto 622 De 2000, El Cual Quedará Así: "artículo 27: La Jurisdicción De La Cámara De Comercio De La Dorada, Puerto Boyacá, Puerto Salgar Y Oriente De Caldas Comprende Los Municipios De La Dorada, Manzanares, Marquetalia, Pensilvania, Samaná, Norcasia, Victoria En El Departamento De Caldas, Puerto Boyacá En El Departamento De Boyacá Y Puerto Salgar En El Departamento De Cundinamarca"
Decreto 18 de 2012 · por el cual se modifican los artículos 1o del Decreto 75 de 1961 el cual crea la Cámara de Comercio de La Dorada, y 27, 38 y 41 del Decreto 622 de 2000, el cual fija la jurisdicción de las Cámaras de Comercio en todo el territorio nacional
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