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Article 58

De La Sección De Asuntos Marítimos Y Fluviales

Ley 33 de 1990 · por medio de la cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Son funciones de la Sección de Asuntos Marítimos y Fluviales:

a)

Participar en el estudio de las políticas y nuevas normas para el desarrollo de las fronteras marítimas y ríos comunes;

b)

Mantener contactos con las entidades oficiales competentes para la adopción de programas afines;

c)

Compilar y organizar los tratados y estudios especiales sobre fronteras y ríos comunes;

d)

Proponer reconocimientos periódicos de los ríos que constituyen límite entre Colombia y los países vecinos, con el fin de establecer las variaciones producidas en sus cursos y proponer las soluciones adecuadas; así mismo, estudiar el régimen de las islas en los ríos limítrofes;

e)

Participar en los estudios sobre aprovechamiento y utilización de cuencas de los ríos comunes a Colombia y los países fronterizos;

f)

Coordinar, evaluar y autorizar con las entidades competentes, las solicitudes presentadas por Estados, Organismos Internacionales así como por personas naturales o jurídicas, para que naves o artefactos navales de bandera nacional o extranjera realicen investigaciones científicas en los espacios marítimos jurisdiccionales y fluviales de Colombia;

g)

Proponer la elaboración de cartas náuticas y levantamientos hidrográficos, con el fin de contar con un mejor apoyo para el estudio de las áreas jurisdiccionales;

h)

Estudiar, conceptuar y tramitar los permisos de pesca previstos en los tratados internacionales suscritos por Colombia;

i)

Recomendar la publicación de folletos de interés sobre las fronteras marítimas y ríos comunes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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