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Article 16

División De Talento Humano

Decreto 276 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior “Mariano Ospina Pérez”, Icetex, y se dictan otras disposiciones.

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01

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División de Talento Humano . Son funciones de la División de Talento Humano las siguientes

1.

Ejecutar y evaluar planes y programas conducentes al desarrollo del personal de la Entidad dentro de una acción que incentive su capacidad valorativa, la comunicación, la formación de equipos de trabajo, el clima organizacional y la motivación individual.

2.

Ejecutar planes, programas y normas para la administración, el bienestar, la capacitación, la seguridad y la salud ocupacional del personal del Instituto.

3.

Ejecutar y controlar los procesos de selección, vinculación, remuneración, promoción, evaluación del desempeño, situaciones administrativas, incentivos, carrera administrativa, retiro y jubilación del personal del Instituto, de acuerdo con las normas vigentes.

4.

Coordinar los procesos de generación de novedades y liquidación de las mismas a través de la aplicación de sistemas de control que garanticen la seguridad e integridad de los procesos de reconocimiento y pago, así como la formulación de los requerimientos en servicios personales y gastos asociados a nómina para ser incluidos en el Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC.

5.

Coordinar y hacer seguimiento al proceso de liquidación de salarios, prestaciones sociales, aportes legales y parafiscales de conformidad con las normas y políticas internas y acorde con el régimen salarial y prestacional del personal del Instituto.

6.

Proponer sistemas de incentivos acordes con las políticas de la Entidad y las normas vigentes sobre la materia.

7.

Programar, coordinar y ejecutar las actividades de seguridad industrial de los empleados de acuerdo con las políticas del Instituto y las normas legales establecidas.

8.

Ejecutar y controlar las actividades relacionadas con la administración de personal.

9.

Ejecutar los planes de capacitación, bienestar social y desarrollo de los funcionarios de la Entidad.

10.

Elaborar y actualizar el manual de funciones y requisitos o documento equivalente, en coordinación con las demás dependencias del Instituto.

11.

Ejecutar las políticas de personal establecidas en la Entidad.

12.

Ejecutar las acciones para el mejoramiento y mantenimiento del clima organizacional.

13.

Realizar las gestiones que se requieran ante el Departamento Administrativo de la Función Pública, Fondo Nacional de Ahorro, Cajas de Compensación Familiar y demás entidades relacionadas con la administración del personal del Instituto.

14.

Administrar el archivo de Hoja de Vida y Carrera Laboral de los funcionarios y ex funcionarios del Instituto.

15.

Responder por la ejecución de los programas de bienestar social de los funcionarios de la Entidad.

16.

Proponer y ejecutar estrategias que faciliten el desarrollo de una cultura de servicio y propendan por la calidad del mismo, en un entorno proactivo y de mejoramiento continuo.

17.

Coordinar con las demás dependencias las acciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

18.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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