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Article 21

Funciones De La Subdirección De Vivienda Y Desarrollo Urbano

Decreto 1893 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación

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01

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Funciones de la Subdirección de Vivienda y Desarrollo Urbano . Son funciones de la Subdirección de Vivienda y Desarrollo Urbano, las siguientes

1.

Consolidar la prospectiva sectorial de mediano y largo plazo, y brindar el apoyo técnico a las entidades cabeza de sector, para la formulación de políticas, planes, programas, proyectos y demás instrumentos de planeación en el ámbito Vivienda y Desarrollo Urbano.

2.

Apoyar a las entidades del orden nacional en sus labores de asistencia técnica a las entidades territoriales, en lo relativo a instrumentos de planificación, gestión y financiamiento para el desarrollo urbano. .

3.

Evaluar y dar recomendaciones sobre proyectos de recuperación y rehabilitación del patrimonio inmueble de las ciudades, orientados a su aprovechamiento para usos habitacionales, comerciales y de otra índole.

4.

Promover el desarrollo de las infraestructuras de datos espaciales con el fin de integrar la información de los diferentes modelos (vivienda, agua y saneamiento, transporte, catastro, registro, agropecuario, ambiental, entre otros) para apoyar la planeación territorial.

5.

Adelantar la construcción del Plan Nacional de Desarrollo, los documentos CON PES, las políticas y demás instrumentos de planeación nacional, en los asuntos de su competencia, bajo los lineamientos de la Dirección General y en articulación con las demás dependencias del Departamento Nacional de Planeación y las entidades y organismos competentes.

6.

Revisar los aspectos técnicos concernientes a la formulación de proyectos del sector de vivienda y desarrollo urbano en el marco de lo definido en la normatividad vigente.

7.

Analizar el comportamiento del gasto público de inversión en los sectores y asuntos de su competencia, así como diseñar, desarrollar y mejorar los instrumentos que permitan su correcta focalización y eficiencia.

8.

Apoyar el proceso de programación del presupuesto de inversión de los organismos y entidades públicas del orden nacional y territorial, en los sectores de su competencia.

9.

Realizar el control posterior a la viabilidad de los proyectos de inversión o el que corresponda y que tengan relación con los asuntos de su competencia.

10.

Brindar asistencia técnica en aspectos específicos de las, entidades del sector y entidades territoriales, en relación con las políticas, programas y proyectos de inversión de los sectores y asuntos de su competencia.

11.

Apoyar técnicamente a los organismos y entidades públicas en la preparación y presentación de programas y proyectos de su competencia que serán financiados con recursos de crédito, en coordinación con la Subdirección de Crédito y Cooperación Internacional.

12.

Participar en el diseño e implementación de los sistemas de seguimiento y evaluación de la gestión y resultados de la administración pública en los asuntos de su competencia, en coordinación con la Subdirección General de Inversiones, Seguimiento y Evaluación del Departamento Nacional de Planeación.

13.

Incorporar los procesos de evaluación y seguimiento en la formulación de las políticas, planes, programas y proyectos, cuando sea pertinente, en coordinación con la Subdirección General de Inversiones, Seguimiento y Evaluación,

14.

Coordinar, orientar y elaborar estudios y análisis de coyuntura nacional, internacional y territorial, así como investigaciones y conceptos técnicos, en los asuntos de su competencia, que orienten las acciones del Gobierno hacia la articulación y coordinación de políticas públicas, con una visión de Estado en el largo plazo.

15.

Orientar y promover la generación de datos y actualización y mejoramiento de la información e indicadores, que contribuyan a la identificación de las necesidades de inversión pública y a mejorar la eficiencia del gasto social en los sectores y asuntos de su competencia, en coordinación con otras dependencias del Departamento Nacional de Planeación.

16.

Elaborar y promover las iniciativas de inversión que se consideren convenientes para el cumplimiento de los objetivos misionales, en los sectores y asuntos de su competencia.

17.

Participar en representación del Departamento Nacional de Planeación, en comisiones, comités, consejos y demás instancias relacionadas con los asuntos de competencia de la Subdirección.

18.

Analizar estudios, prácticas e investigaciones que se hayan adelantado a nivel nacional e internacional, que contribuyan a la definición de innovaciones que mejoren la gestión y procesos de la dependencia.

19.

Atender y resolver las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

20.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado" de Gestión Institucional.

21.

Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas.

02

Constitutional history

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