°. En desarrollo del artículo 2° de la Ley 79 de 1993, el Gobierno Nacional, a través del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, expedirá las credenciales correspondientes para las personas que participen en la realización del Censo y autorizará mediante salvoconducto, la movilización de las personas que por fuerza mayor deban desplazarse en esa fecha.
Article 3
En Desarrollo Del Artículo 2° De La Ley 79 De 1993, El Gobierno Nacional, A Través Del Departamento Administrativo Nacional De Estadística, Dane, Expedirá Las Credenciales Correspondientes Para Las Personas Que Participen En La Realización Del Censo Y Autorizará Mediante Salvoconducto, La Movilización De Las Personas Que Por Fuerza Mayor Deban Desplazarse En Esa Fecha
Decreto 2425 de 2004 · por el cual se regula la realización del XVII Censo Nacional de Población y VI de Vivienda.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.