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Article 7

Ley 37 de 1931 · Del petróleo

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Las disposiciones de los capítulos XII XIII XIV del Código de Minas, sobre "Servidumbres establecidas en favor de las minas, ""indemnizaciones" a que son obligados los mineros" y "aguas para las minas", se aplicarán, a falta de disposiciones especiales, a la industria del petróleo.

Además, en Favor de la explotación del petróleo se consagra el derecho de establecer la servidumbre de oleoductos, comprendiendo en ella el terreno suficiente para las estaciones de bombeo, y demás dependencias necesarias para el funcionamiento de los oleoductos, y el de establecer muelles, cargaderos y tuberías submarinas y subfluviales, todo esto previó el cumplimiento de las formalidades establecidas en el artículo 37.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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