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Article 5

Transmisión De Sentencias Y Otros Actos Judiciales 1

Decreto 212 de 2000 · Por el cual se promulga la "Convención sobre la obtención de alimentos en el Extranjero", adoptada en Nueva York, el veinte (20) de junio de mil novecientos cincuenta y seis (1956)

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01

Text of the article

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Transmisión de sentencias y otros actos judiciales

1.

La Autoridad Remitente transmitirá, a solicitud del demandante y de conformidad con las disposiciones del artículo 4, cualquier decisión provisional o definitiva, o cualquier acto judicial que haya intervenido en materia de alimentos a favor del demandante en un tribunal competente de cualquiera de las Partes contratantes y, si fuere necesario y posible, copia de las actuaciones en que haya recaído esa decisión.

2.

Las decisiones y actos judiciales a que se refiere el

Parágrafo

precedente podrán ser transmitidos para reemplazar o completar los documentos mencionados en el artículo 3. 3. El procedimiento previsto en el artículo 6 podrá incluir, conforme a la ley del Estado del demandado, el exequátur o el registro, o una nueva acción basada en la decisión transmitida en virtud de lo dispuesto en el párrafo 1.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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