Cualquiera de los Municipios enumerados en este articulo, que durante las dos vigencias fiscales subsiguientes al cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 6° de la Ley 2ª de 1943 y 12 y 15 del presente Decreto, no organice y recauda rentas por un valor mínimo de $ 6.000 anuales, o no tenga el número de habitantes que la ley requiere para que una parte del territorio pueda ser Municipio, quedará automáticamente suprimido como tál, y seguirá subsistiendo como Corregimiento.
Decreto 2451 de 1943 →In force
Article 23
Cualquiera De Los Municipios Enumerados En Este Articulo, Que Durante Las Dos Vigencias Fiscales Subsiguientes Al Cumplimiento De Lo Dispuesto En Los Artículos 6° De La Ley 2ª De 1943 Y 12 Y 15 Del Presente Decreto, No Organice Y Recauda Rentas Por Un Valor Mínimo De $ 6
Decreto 2451 de 1943 · Por el cual se reglamentan las disposiciones de la Ley 2ª de 1943, sobre administración de las Intendencias y Comisarias
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01
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02
Constitutional history
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