Modifíquese el
del artículo 2.9.2.1.3. del Decreto 1080 de 2015, el cual quedará así: “
Los responsables de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas deducirán en la contribución parafiscal a consignar, el monto de las retenciones que les hayan efectuado, según lo establecido en el Capítulo II del Título II de la Parte IX del presente decreto”.
Artículo 2.9.2.1.3 DECRETO 1080 de 2015