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Article 17

El Secretario Es El Inmediato Auxiliar De La Dirección

Decreto 1522 de 1966 · Por el cual se dicta el Estatuto Orgánico de la Escuela Penitenciaria Nacional

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01

Text of the article

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El Secretario es el inmediato auxiliar de la Dirección. Son sus funciones

a)

Proyectar los oficios y correspondencia para la firma del Director;

b)

Atender a las relaciones públicas de la Escuela;

c)

Informar al Director de los asuntos de mayor importancia e inmediata tramitación;

d)

Actuar como Secretario en las sesiones de los diferentes Consejos y elaborar las respectivas Actas;

e)

Registrar en el Libro histórico de la Escuela los actos sobresalientes;

f)

Refrendar las resoluciones, certificados y demás documentos expendidos por el Director;

g)

Coordinar la elaboración de los informes que las distintas dependencias deban entregar a la Dirección de la Escuela;

h)

Transmitir a los Jefes de las distintas dependencias las órdenes que reciba del Director, relacionadas con el funcionamiento general del plantel;

i)

Enviar a la Dirección General de Prisiones las resoluciones producidas en la Escuela y que requieran aprobación;

j)

Elaborar el orden del día para la firma del Director;

k)

Las demás que le señale el Director del establecimiento.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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