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Article 225C

Término Probatorio

Ley 1952 de 2019 · LEY 1952 DE 2019, 28/05/2019, por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario, se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario.

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01

Text of the article

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Vencido el término para presentar descargos, así como para aportar y solicitar pruebas, el funcionario competente resolverá sobre las nulidades propuestas y ordenará la práctica de las pruebas que hubieren sido solicitadas de acuerdo con los criterios de conducencia, pertinencia y necesidad. Además, ordenará de oficio las que considere necesarias. Las pruebas ordenadas se practicarán en un término no mayor de noventa (90) días.

Las pruebas decretadas oportunamente y que no se hubieren practicado o aportado durante el período probatorio, se podrán evaluar en los siguientes casos:

1.

Cuando hubieran sido solicitadas por el disciplinable o su de¬fensor, sin que los mismos tuvieren responsabilidad alguna en su demora y fuere posible su obtención.

2.

Cuando a juicio del funcionario de conocimiento, constituyan elemento probatorio fundamental para la determinación o la au¬sencia de responsabilidad del investigado o el esclarecimiento de los hechos.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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