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Article 1

Modifícase El Artículo 9° Del Decreto 1767 Del 2 De Junio De 2006, El Cual Quedará Así: “ Artículo 9°

Decreto 4968 de 2009 · por el cual se modifica el artículo 9° del Decreto 1767 del 2 de junio de 2006.

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01

Text of the article

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°. Modifícase el artículo 9° del Decreto 1767 del 2 de junio de 2006, el cual quedará así: “ Artículo 9°. Uso de la información. El Ministerio de Educación Nacional de conformidad con sus funciones constitucionales y legales administrará, recopilará, almacenará, procesará, analizará y difundirá la información contenida en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior —SNIES. Dicha información podrá ser consultada por las instituciones de educación superior y la comunidad en general, con las siguientes restricciones

a)

La información específica será utilizada por cada una de las instituciones de educación superior para el quehacer institucional.

b)

Los consolidados nacionales e institucionales podrán ser consultados por el público en general.

c)

La información registrada o almacenada en el sistema de cada una de las instituciones de educación superior, será de su responsabilidad, y estas adoptarán en cada caso las medidas necesarias para garantizar la seguridad, veracidad y confidencialidad de sus datos,”.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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