En ningún caso se exigirá contribución económica a los hijos de los trabajadores incapacitados o que demuestren haber perdido su empleo. La incapacidad para el trabajo se comprobará con certificaciones médicas, cuando esta fuere física o mental y con certificado del establecimiento penal, cuando resultare de detención o pena. Quien invocare su condición de desempleado deberá presentar copia de su última declaración de renta o certificado de que no es contribuyente; certificado del último empleador con quien hubiere trabajado, sobre la fecha de retiro y declaración jurada sobre su situación actual de desempleo. Si se estableciere la inexactitud acerca de la incapacidad o de la falta de ocupación, sin perjuicio de las sanciones penales a que hubiere lugar, se perderá el servicio.
Decreto 626 de 1975 →In force
Article 24
En Ningún Caso Se Exigirá Contribución Económica A Los Hijos De Los Trabajadores Incapacitados O Que Demuestren Haber Perdido Su Empleo
Decreto 626 de 1975 · Por el cual se reglamenta la Ley 27 de 1974 sobre creación y sostenimiento de centros de atención integral al preescolar
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.