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Article 26

Entornos De Prácticas De Trabajo Y De Sustento

Decreto 981 de 2026 · Por el cual se establece e implementa la Política de la Niñez Indígena como la política de Infancia y Adolescencia para los pueblos indígenas de Colombia y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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El Gobierno nacional, en cabeza del Ministerio del Trabajo y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en articulación con las autoridades tradicionales definirán mecanismos de prevención y protección para la erradicación de toda forma de explotación y trabajo infantil. Dichos mecanismos deberán, simultáneamente, reconocer, proteger y fortalecer las prácticas comunitarias y familiares formativas que, conforme a los usos y costumbres de cada pueblo, contribuyen al fortalecimiento de los procesos educativos, espirituales y culturales de la niñez y juventud indígena.

Los mecanismos señalados en el inciso anterior deberán plantearse en armonía con los derechos fundamentales de los pueblos indígenas y el desarrollo de las semillas de vida.

El Gobierno nacional, fijará con las autoridades indígenas propias, los espacios de diálogo que permitan discutir la pertinencia de los mecanismos orientados a la prevención y erradicación de toda forma de explotación, trabajo infantil en las comunidades indígenas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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