Para Efectos De Planeamiento, Preparación Y Conducción De Las Operaciones Militares, Nómbranse Como Comandantes, Sin Perjuicio De Las Funciones Inherentes Al Cargo Asignado, A Los Siguientes Oficiales: A) Para El Teatro De Guerra, El Comandante General De Las Fuerzas Militares; B) Para Los Teatros De Operaciones Terrestres, El Comandante Del Ejército Nacional; C) Para Los Teatros De Operaciones Navales, El Comandante De La Armada Nacional; D) Para El Teatro De Operaciones Aéreas, El Comandante De La Fuerza Aérea Colombiana
Decreto 1341 de 2000 · por el cual se determinan el Teatro de Guerra y los Teatros de Operaciones, se nombran los Comandantes y se señalan sus funciones.
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Para efectos de planeamiento, preparación y conducción de las operaciones militares, nómbranse como Comandantes, sin perjuicio de las funciones inherentes al cargo asignado, a los siguientes Oficiales
a)
Para el Teatro de Guerra, el Comandante General de las Fuerzas Militares;
b)
Para los Teatros de Operaciones Terrestres, el Comandante del Ejército Nacional;
c)
Para los Teatros de Operaciones Navales, el Comandante de la Armada Nacional;
d)
Para el Teatro de Operaciones Aéreas, el Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana.
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Constitutional history
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