Para el cumplimiento de la presente Ley, destinase la suma de veinticinco mil pesos ($25.000.00) que serán incluidos en el presupuesto de la próxima vigencia, quedando autorizado el gobierno nacional para hacer los traslados y contracreditos que considere necesarios.
El Ministerio de la Economía Nacional incluirá en su presupuesto, la partida que considere suficiente para sostener esta granja una vez establecida.