º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, surte efectos fiscales a partir del 1º de abril de 1976, para su validez requiere la aprobación mediante Decreto del Gobierno Nacional que llevará las firmas del Ministro de Salud Pública, la del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil y la del Ministro de Hacienda y Crédito Público, como certificación de que existe apropiación presupuestal suficiente para cubrir su costo, y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.
Article 6
El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Abril De 1976, Para Su Validez Requiere La Aprobación Mediante Decreto Del Gobierno Nacional Que Llevará Las Firmas Del Ministro De Salud Pública, La Del Jefe Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil Y La Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público, Como Certificación De Que Existe Apropiación Presupuestal Suficiente Para Cubrir Su Costo, Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
Decreto 2737 de 1976 · Por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto Nacional de Salud
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