Son funciones de los Consejeros
Asistir a las reuniones del Consejo, participar en los debates y decidir sobre-los asuntos sometidos a su consideración;
Presentar proyectos o trabajos, a solicitud del Presidente de la República, del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, a iniciativa propia o por decisión del mismo Consejo. Para el ejercicio de sus funciones los Consejeros podrán solicitar y obtener la colaboración de las Divisiones y Secciones del Departamento Administrativo del Servicio Civil, o de las entidades que tengan interés o experiencia en la materia. De los Asesores del Consejo.